Código laboral

Código laboral

domingo, 12 de julio de 2015

PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL

PRINCIPIOS LABORALES







1) FINALIDAD :

Se refiere a la justicia en la relación de empleadores y trabajadores, al equilibrio social y la coordinación económica. 


2) INTERVENCIÓN DEL ESTADO

Esta intervención se da debido a que los intereses de las partes son contrarios, haciéndose necesaria la intervención de un tercero que en este caso es el Estado.

3) DERECHO AL TRABAJO Y LIBERTAD DE TRABAJO

Se fundamenta en el hecho de que el trabajo funciona como un derecho y una libertad (de escogencia y ejercicio) a la que tienen acceso todos los colombianos.

4) OBLIGATORIEDAD 

El trabajo es también una obligación, porque es la única forma de lograr bienestar y desarrollo.

5) IGUALDAD DE LOS TRABAJADORES

Debe existir la igualdad entre hombres y mujeres, también entre el trabajo físico y el intelectual. La excepción se da respecto a la edad. 


6) DERECHO DE ASOCIACIÓN
Toda persona tiene derecho de pertenecer o no a una asociación. Generalmente la consecuencia de este derecho es la conformación de sindicatos.



7) DERECHO ALA HUELGA

Es un arma de presión eficaz de los sindicatos para alcanzar sus pretensiones. Se prohíbe a quienes presten servicios públicos esenciales.
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8) DERECHO ALA SEGURIDAD SOCIAL

Esta subdivisión derecho laboral colombiano debe estar presente para ayudar al trabajador en sus épocas más vulnerables. Es una obligación del Estado y del empleador. El empleador debe asegurarse de que el empleado tenga un régimen para su protección. 


9) CARÁCTER DE ORDEN PUBLICO DE LAS NORMAS LABORALES

Las normas laborales son de aplicación inmediata, obligatorias para cualquier habitante del país. Son derechos irrenunciable




PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD




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En caso de conflicto o duda sobre la aplicación de normas vigentes de trabajo, prevalece la más favorable al trabajador. La norma que se adopte debe aplicarse en su integridad"; se parte entonces del presupuesto de la coexistencia de varias normas laborales vigentes que regulan una misma situación en forma diferente, evento en el cual habrá de aplicarse la norma que resulte más benéfica para el trabajador




PRINCIPIO DE IN DUBIO PRO OPERARIO






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En caso de duda en la hermenéutica de la norma, se favorecerá al trabajador (operario). Es un principio interpretativo de Derecho laboral,  que podría traducirse como "ante la duda a favor del operario o trabajador".
Este principio jurídico implica que tanto el juez como el intérprete de una norma debe, ante una duda de interpretación, optar por aquella que sea más favorable al trabajador.


PRINCIPIO DE LA PRIMACÍA DE LA REALIDAD



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En Derecho laboral, se llama principio de primacía de la realidad al principio que dicte que, para la interpretación de las relaciones entre empleadores y trabajadores, se debe tomar en cuenta lo que verdaderamente sucede en la realidad y no solamente lo que las partes han contratado formalmente.


PRINCIPIO DE ESTABILIDAD








La estabilidad en el trabajo  otorga permanencia a la relación de trabajo  depende su disolución únicamente de la voluntad del trabajador y sólo excepcional mente de la del patrono, del incumplimiento grave de las obligaciones del trabajador y de circunstancias ajenas a la voluntad de los sujetos de la relación, que hagan imposible su continuación.



PRINCIPIO DE IGUALDAD




Es el que establece que todos los seres humanos somos iguales ante la ley, sin que existan privilegios, y debemos ser tratados de la misma manera y tener los mismos beneficios de cualquier persona de nuestro rol.


PRINCIPIO DE PROTECCIÓN 




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Es uno de sus principios más importantes. Es el que lo diferencia del Derecho civil. El Derecho laboral parte de una desigualdad, por lo que trata de proteger a una de las partes del contrato de trabajo para equipararla con la otra, a diferencia del principio de igualdad del Derecho privado.

PRINCIPIO MÍNIMO VITAL





El mínimo vital es un derecho propio del estado social que se clasifica como un derecho social de prestación, a pesar de no existir un concepto generalmente aceptado, podemos decir que el derecho al mínimo vital es el derecho a gozar de unas prestaciones e ingresos mínimos, que aseguren a toda persona su subsistencia y un nivel de vida digno, así como también, la satisfacción de las necesidades básicas.






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Quiere decir que trabajador está imposibilitado de privarse, voluntariamente, de las garantías que le otorga la empresa, aunque sea por beneficio propio. Lo que sea renunciado está viciado de nulidad absoluta. 


PRINCIPIO DE LIBERTAD DE TRABAJO




Quiere decir que tenemos toda la libertad de escoger nuestro trabajo y trabajar en lo que queramos siempre y cuando estemos actos y tengamos la experiencia para ejercerlo.


PRINCIPIO DE CONDICIÓN MAS BENEFICIOSA 



Quiere decir que por algún cambio que haga la empresa no pueden afectar ni desmejorar los beneficios de los trabajadores


RAMAS DEL DERECHO LABORAL




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